Humedades: ¿Quién debe asumir su reparación?

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¡Ufff! ¡Cómo llueve!”, es una de las frases más oídas en estos días. Hacía tanto tiempo que no llovía así que muchos edificios han comenzado a mostrar signos de humedad por filtración o capilaridad que hasta ahora no habían aparecido.

Ante esto, ¿quién debe asumir los gastos de las obras para subsanar dichos defectos? ¿La comunidad de vecinos, el dueño de la vivienda en la que han aparecido las humedades, el promotor, el constructor o el arquitecto? Si queremos dar una respuesta válida a estas preguntas es fundamental que, en primer lugar, averiguemos el motivo por el que están produciéndose dichas humedades.

Al margen de la responsabilidad que pudieran tener el Promotor, Constructor y Técnicos de una promoción de viviendas con la garantía en vigor, cosa que habría que comprobar, se puede decir cuando aparecen este tipo de problemas que siempre hay que averiguar el origen que, en no pocos casos, es debido a una falta de mantenimiento por parte de la Comunidad o a la acción de algún propietario que ha realizado una obra o modificado un elemento ya sea comunitario o privativo.

Es habitual encontrar el origen de una filtración en el “mal hacer” al colocar un toldo, al cambiar las ventanas o tras la colocación de una pérgola o cualquier elemento atornillado al suelo, provocando daños en la lámina que protege la planta inmediatamente inferior.

Es el artículo 396 del Código Civil el que determina qué elementos de un edificio son considerados privativos (de un solo propietario en exclusiva) o comunes, es decir, necesarios para el uso y disfrute del edificio por parte de todos los propietarios del edificio de viviendas en cuestión: escaleras, portal, fachada, azotea….

Por otro lado, si el problema de las humedades no solo atañe a un único vecino sino a todos los bajos o a todas las viviendas que dan a la fachada o al garaje del edificio en general, es lógico pensar que dichas humedades son consecuencia de un defecto de construcción o vicio oculto.

En tal caso, la comunidad de propietarios debe comunicarlo fehacientemente a todos los agentes de la construcción para que tengan conocimiento de ello. Al mismo tiempo, recomendamos que soliciten el peritaje de un técnico que analice las humedades y determine las causas que las han originado.

Si no han transcurrido más de 3 años desde que se finalizó la obra y el informe del perito señala causas relacionadas con una mala ejecución material de la obra, una impermeabilización deficiente de los cimientos o de la fachada, es posible realizar una reclamación para que los responsables asuman su responsabilidad.

No solo se podrá reclamar la reparación de las causas sino también los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de dichas humedades.

Si pertenecen a una comunidad de propietarios y necesitan que les asesore un despacho de abogados experto en defectos de construcción y vicios ocultos, le animamos a que se pongan en contacto con nosotros, LOE Abogados. Estudiaremos su caso sin coste alguno.